REGION - La Pampa
Semanario REGION
Del 4 al 10 de mayo de 2012 - Año 22 - Nº 1.039
R.N.P.I. Nº 359581

  
La constitución que no recordamos

En muchos países se conmemora el 1° de Mayo como el Día de los Trabajadores, recordando un triste hecho ocurrido a fines del siglo XIX en la ciudad de Chicago.
Pero también un 1° de Mayo de 1853 entró en vigencia, en la Argentina, la Constitución Nacional. Este episodio, clave en la reformulación del país, no tiene desde hace muchos años, la rememoración adecuada en todos los niveles de la ahora denominada comunicación social. Hay una leve conexión nemotécnica con la inauguración de cada período parlamentario que se realiza, precisamente, en esa fecha. Pero si hay un Presidente que inaugura las sesiones ordinarias de la Legislatura, es porque existe una Constitución que así lo impone.
Dentro del ordenamiento normativo de nuestra Ley Fundamental hay una primera parte esencial que se refiere a los derechos y obligaciones del ciudadanoy demás habitantes del país. Ese encuadre es el que justifica la razón de ser de la existencia de poderes dentro del Estado, destinados a: administrar la cosa pública, administrar las normas legales a través de las leyes, y finalmente administrar justicia. Por lo tanto los ciudadanosque ocupan cargos públicos, electivos o no, son meros administradores que lo hacen a nombre del ciudadano, su poder es delegado en ellos en forma temporal, debiendo dar cuenta de la rectitud de su accionar en forma expresa o tácita de acuerdo a las circunstancias.
Si bien estas verdades pueden parecer de perogrullo, el no hablar de ellas con la frecuencia suficiente, hacen que muchos olviden su vigencia, y con el tiempo dejen de reconocer la importancia de una intensa vivencia permanente. Por algo se dice que las verdades por sabidas se callan, y por calladas se olvidan.
Los derechos del trabajador emanan de la misma Constitución Nacional, ya sea implícitamente en su versión original, o explícitamente en sus modificaciones posteriores. Pero los derechos del trabajador pierden vigencia rápidamente cuando se conculcan los derechos del ciudadano. Nadie puede sentirse amparado por normas que se convierten en meramente declarativas cuando no funcionan con total independencia los tres poderes del Estado. Ninguno puede sentirse seguro si lo rodea un clima de arbitrariedad que puede surgir de cualquiera de esos estamentos del Estado, sin posibilidad de corrección por parte de los otros poderes.
La fuerza de la razón, la justicia y la ley son los elementos constitutivos de una nación. La Constitución Nacional no debe ser violada ni por los actos de gobierno, ni por las leyes del Congreso, ni por malos fallos de malos jueces, y menos por el silencio de los ciudadanos. La prensa es el espejo en donde se reflejan todas estas acciones u omisiones, debemos por lo tanto cuidar la calidad de sus reflejos y no empañarlo para ocultar una realidad que pueda avergonzarnos.

Carlos Besanson
Conceptos publicados en el Diario del Viajero n° 209 del 1° de mayo de 1991

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