Cuando el eco suena a eco,
la esperanza se convierte en duda
y la ilusión en desconfianza.
C.B.
Cuando dos meses atrás comencé a escribir una serie de artículos con el título La dictadura del silenciose generó entre los amigos lectores y los colegas periodistas un interrogante suspenso sobre la denuncia penal efectuada por un funcionario contra mi persona y la de mi esposa
Invocaba esa denuncia, la existencia de una revista que tenía textos que afectaban su imagen. Como mero impresor me hacían, a través de esa denuncia, responsable del contenido de la publicación.
Cinco notas editoriales, que paso a paso analizaban los hechos reales y el derecho constitucional de la libertad de prensa, permitieron hacer entender que el impresor no está facultado a censurar los contenidos de sus clientes circunstanciales.
La contraparte apreció debidamente mis argumentos y desistió de sus improcedentes reclamos, para redirigirlos, o no, hacia otros destinatarios.
A los ochenta años de edad volví a sentirme abogado en funciones en este caso en causa propia, ya que concurrí a la audiencia tribunalicia sin letrado participante, y si bien nunca dejé de pensar profesionalmente, me sentí tan vigente como para hacer entender y demostrar a la actora y al juzgado penal, cuál es la fuerza ética y legal que me ampara.
Frente a este reconocimiento de la contraparte, por cortesía voy a silenciar los datos de ese funcionario que se equivocó al demandar a mi esposa y a mí por calumnias e injurias.
El escándalo no es mi estilo y por ende espero que esta sea la última nota sobre el tema en cuestión. Por lo tanto lo fundamental es que cada uno de nosotros sepamos con claridad cuales son nuestros derechos y cuales las obligaciones, para poder asumir los mismos con responsabilidad.
Ajusticiar a los que piensan distinto,
es negar una justa democracia.
Carlos Besanson
La dictadura del silencio
Capítulo Primero DV n° 1159 - 15 de julio de 2009
Capítulo Segundo DV n° 1160 - 22 de julio de 2009
Capítulo Tercero DV n° 1161 - 29 de julio de 2009
Capítulo Cuarto DV n° 1162 - 5 de agosto de 2009 |