El escribano Mariano Torres Campi y la escribana Melanie Lirio Conte, nos han hecho llegar un trabajo de su autoría titulado “Los derechos personalísimos y patrimoniales en los actos de autoprotección”, publicado por la editorial Rubinzal Culzoni, un tema de gran interés en la actualidad para que la sociedad en general, tome conocimiento sobre estas herramientas notariales.
La mayor expectativa de vida, lograda por los avances de la ciencia y la medicina, dio paso a nuevas preocupaciones sobre el futuro para el caso en que la persona no pueda expresar su voluntad, tanto en materia patrimonial como en cuestiones relativas a derechos personalísimos.
El ordenamiento jurídico nacional e internacional reconoce diferentes institutos para que los individuos puedan autorregular su futuro ante la eventual pérdida o disminución de su capacidad de ejercicio, encontrándose entre ellos los actos de autoprotección mediante el otorgamiento de directivas anticipadas o mandato en previsión de la propia incapacidad.
Resulta útil, a los efectos de evaluar las alternativas y la normativa vigente, analizar los actos de autoprotección en forma separada, entre aquellos relativos a derechos personalísimos y los referidos a cuestiones patrimoniales.
Ello, toda vez que dichos actos relativos a derechos personalísimos encuentran actualmente recepción normativa nacional expresa, no ocurriendo lo mismo para cuestiones patrimoniales…
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