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Semanario REGION®

Del 24 de mayo de 2024 - Nº 1.580 - Año 34 - INPI 1983083

La cédula azul ya no es un documento exigible

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La cédula de identificación para autorizados a conducir, conocida como cédula azul, quedó sin efecto.

Notas en esta entrada:
- La cédula azul ya no es un documento exigible
- Traverso o Marchini: ¿Es necesario rebautizar el autódromo de Toay?
- Renovación de autoridades del ACA

 

A partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), la cédula de identificación para autorizados a conducir, conocida como cédula azul, quedó sin efecto como documento de identificación obligatorio para la circulación en vehículos por el territorio nacional.

A su vez, la cédula verde no tendrá fecha de vencimiento y se podrá presentar tanto en formato físico como en digital (mediante la app Mi Argentina).

El documento oficial de la DNRPA publicado, aclara que “habiéndose establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70 el no vencimiento de las Cédulas de Identificación, la existencia de la “Cédula de Identificación para autorizado a conducir” carecería de sustento y aplicación prácticos”.

La nueva normativa también aclara que “las cédulas azules ya emitidas continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó”.
De esta manera, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) comunica que los documentos y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en todo el territorio nacional son los siguientes:

-Documento Nacional de Identidad (DNI).

-Licencia Nacional de Conducir.

-Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde).

-Comprobante de seguro vigente.

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).

-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.

-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

Disposición 29/2024 de la DNRPA: boletinoficial.gob.ar

Traverso o Marchini: ¿Es necesario rebautizar el autódromo de Toay?

Fue noticia la semana pasada que el diputado pampeano Maximiliano Aliaga, de Comunidad Organizada presentó un proyecto de resolución para rebautizar al Autódromo Provincia de La Pampa en Toay, con el nombre del corredor Juan María Traverso, recientemente fallecido. Ver en nuestro Instagram: instagram.com

Inmediatamente y como no podía ser de otra manera, otras voces se hicieron eco de este proyecto legislativo, considerando que habría mejores opciones más ligadas a la historia provincial del automovilismo para rebautizar al circuito, como con el nombre del recordado corredor Juan Marchini.

Así lo destacó en una nota que el periodista de General Pico, Javier Cid, hizo llegar a nuestro periódico (ver REGION® Nº 1.579) quien recordó que en 2012 -previo a inaugurarse el trazado toayense-, esta moción había sido propuesta al entonces gobernador Oscar Mario Jorge, lo que evidentemente en ese momento, no prosperó.

El tema sigue, veremos que derivaciones trae y en todo caso, cabe preguntarnos si acaso ¿es necesario rebautizar el autódromo de Toay?.

Renovación de Autoridades del ACA

En el Automóvil Club Argentino asumieron recientemente las autoridades que resultaron electas para el periodo 2024 – 2028 y nuevamente el ACA tendrá en la presidencia de la comisión directiva a un apellido ligado a la historia de la institución, luego del Dr. César Carman quien estuviera desde 1957 hasta 1983, y del Sr. César Carman desde 1985 hasta 1997, llega la tercer generación, el Lic. César Carman.

 Asimismo, la Mesa Directiva ha quedado conformada de la siguiente manera: Lic. César Carman como Presidente (2024 – 2028), el Dr. Carlos González Cambaceres Vicepresidente 1° (2024 – 2026), el Sr. Jorge E. Revello Vicepresidente 2° (2024 – 2028), el Sr. Jorge D´Odorico como Secretario, el Ctdor. Joaquín Pena como Tesorero, el Dr. Víctor Potente como Prosecretario y el Sr. Juan José Samuel Wilson Barragan como Protesorero.